Duda con la regla 7pm
#1
Posteado 20 junio 2010 - 00:12
Tengo una duda sobre esta regla, pretendo coger un tren de Amsterdam a Berlin, el tren sale a las 17:45 y llega a Berlin a las 4:21, no se si en ese caso tendria que gastar dos dias de viaje o solo me cuenta el dia en el que cojo el tren. El tren es directo no tiene transbordos y esta catalogado de nocturno, aunque la regla de 7 pm no se cumple al salir antes de las 7.
Si es asi me busco otro horario.
#2
Posteado 20 junio 2010 - 11:16
Este tema ha sido editado por garefe9: 20 junio 2010 - 11:17
#3
Posteado 20 junio 2010 - 11:20
Resumiendo es SÓLO aplicable a partir de las 7pm, tienes que cumplir TODO los requisitos de la misma, no uno o, como en este caso, dos de las tres y ya te vale
Así que sintiéndolo mucho gastarás dos días de viaje.
garefe9, en 20 Jun 2010, 12:16, dijo:
¿Cómo que no lo tienes claro? Con la de veces que hemos hablado de esta regla xD Te voy a dar yo a ti pal pelo... xD El día que te agarre conectado te va a llover una sarta de collejas xD
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#4
Posteado 20 junio 2010 - 12:06
Ire por otra combinación.
#5
Posteado 20 junio 2010 - 14:22
#6
Posteado 23 junio 2010 - 22:08
#7
Posteado 23 junio 2010 - 22:24
Una vez resuelto esto intentaremos dar respuesta a tus dudas concretas que tienen narices...
xamy, en 23 Jun 2010, 23:08, dijo:
Esos son los requisitos, sí. Con esto desconozco por que te asaltan más dudas, pero bueno, sigamos...
xamy, en 23 Jun 2010, 23:08, dijo:
Cogiendo el día 2 un tren de 12 a 1 (interpreto que me pones el 'a' y el 'de'... xD) del mediodía ya nos hace computar día de viaje el día 2.
La regla de las 7pm especifica que de cumplirse todos los requisitos para ella SÓLO se computará como día viajado el de llegada, o sea el día 3. Así pues, el tren nocturno (supongo que es así para poder aplicar la regla) computa como viajado el día 3.
Por lo tanto, para resumir, días viajados el 2 y el 3; computamos dos días de viaje.
xamy, en 23 Jun 2010, 23:08, dijo:
Si el segundo tren llega antes de las 23.59 o a las 23.59 exactas, no computamos más que el día 2, ¿qué te hace pensar que gastas otro día de viaje? Insisto en que los días de viaje son de 00.00h a 23.59h y, SÓLO a conveniencia del viajero, se puede aplicar la regla de las 7pm.
xamy, en 23 Jun 2010, 23:08, dijo:
Se pueden dar dos casos para los que la regla sería dudosa. En cualquier caso el primer tren tiene que llegar al destino en el que 'transbordarías' después de las 00.00h, ok?
Dicho esto, las dos situaciones son las siguientes. Pongamos que quieres ir de A a C transbordando en B.
En ambos casos el primer tren será catalogado como nocturno y tendrá que llegar a B pasadas las 00.00h.
El caso 1 es que el segundo tren esté también catalogado como nocturno, en ese caso NO es aplicable la norma ya que estipula que deberá llevarte a destino el tren nocturno sin transbordos, así que no puedes hacer la trampilla del vacío legal del próximo ejemplo.
El caso 2 es que el segundo tren NO sea catalogado como nocturno, con lo que tú das por hecho que el trayecto catalogado como nocturno finaliza en B y en B empiezas tu viaje de día, aunque sea de noche, hasta C, pudiendo decir que tú has llegado a tu destino, B, del tren nocturno sin transbordos y ahí empezado tu viaje diurno.
Espero que haya quedado claro.
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